La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.
Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:
•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.
•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.
•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.
•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.
Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España
Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es
3 comentarios:
Uff. Aclaren entonces esto, porque el criterio de las "puertas abiertas" sería también aplicable:
http://uaaap4.blogspot.com.es/2014/05/359-bies-compartidas-entre-aparcamiento.html
Hola. En la última frase de la respuesta se aclara tu duda. Los locales de riesgo no son sectores de incendio.
Los LRE no son sectores de incendio, ni forman parte de ellos (su superficie no se computa como parte de ningún sector), pero mientras no se diga lo contrario, los LRE tienen que estar compartimentados respecto al resto de recintos, y disponer de puertas EI con cierre automático. Por tanto, cubrir su superficie con BIEs exteriores hay que abrir dichas puertas, rompiendo la compartimentación.
Otra cosa es que la lógica indique que, en ciertos casos, aunque se mantenga la compartimentación, resulta excesivo y hasta absurdo disponer de BIEs en su interior.
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