La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 20 de marzo de 2013

[060] Espacio disponible en aseo accesible

En una cámara higiénica accesible de uso público de acuerdo con lo establecido en el SUA, a parte de cumplir con las medidas que establece el documento, hay que tener en cuenta alguna otra consideración como por ejemplo que delante del inodoro haya un espacio libre de 80 cm como mínimo y que delante de uno de los espacios de transferencia haya un círculo de 1,20 m en caso de que se acceda a la cámara por uno de los lados del inodoro como en el ejemplo que le adjunto?
Lo digo porque hay casos que aunque se disponga de los 80 cm a los dos lados del inodoro, es probable que una persona en silla de ruedas no pueda acceder a uno de los espacios de transferencia.
Respuesta
En efecto, Se debe poder llegar hasta los dos espacios de transferencia exigibles (en uso público) a uno y otro lado del inodoro, lo que implica que debe existir un itinerario accesible hasta ellos.

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