La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

sábado, 15 de junio de 2013

[153] Evacuación desde rellano de ascensor de viviendas sin escalera

Tengo una duda de aplicación del CTE en cuanto a evacuación de un edificio.
Se pretende en un edificio antiguo la instalación de un ascensor, planteándolo en el lugar de las actuales escaleras, y creando un nuevo núcleo de escaleras independiente, con acceso diferenciado desde las viviendas. Es decir, las viviendas tendrán dos salidas: una al rellano donde está el nuevo ascensor y otra salida hacia las escaleras. Los rellanos de las escaleras y del ascensor no están comunicados.
La pregunta es si esta nueva situación es conforme con el CTE-SI, puesto que el rellano exterior de la vivienda hacia el ascensor no tiene salida salvo el citado ascensor.
Respuesta
Se trata de una solución particular cuya valoración no corresponde hacer a este Ministerio, sino a la autoridad de control, teniendo en cuenta los detalles del caso.
Todo lo que podemos decir es que dicha valoración debería hacerse en función del balance final entre los aspectos positivos y negativos que presente la solución, en términos de seguridad y de accesibilidad.
El aspecto negativo parece ser el que se señala en la consulta: el retorno hacia la vivienda desde el rellano del nuevo ascensor, en caso de declararse una emergencia precisamente en el momento en el que se está en dicho rellano, teniendo que utilizar la puerta de dicha vivienda de la cual no hay certeza de disponer de la llave, en contra de lo que se establece en SI 3-6, punto 1.
Los aspectos positivos serían las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad que el edificio pasaría a tener con la implantación del ascensor, así como la mejora que se podría conseguir en las condiciones de seguridad en la evacuación por la nueva escalera en caso de emergencia, al ser esta de nueva construcción.

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