La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 9 de diciembre de 2015

[805] Local de riesgo especial conjunto cocina + comedor

En el comedor de un hotel se plantea la instalación de una cocina tipo "show cooking", es decir, una cocina donde la preparación de alimentos se realiza frente a los comensales, sin ningún tipo de partición ni barrera. Teniendo en cuenta que se trata de una cocina ubicada en un establecimiento Residencial Público, y que la cocina tiene una potencia instalada superior a 20 kW, ésta cocina se tendría que considerar zona de riesgo especial. 
Se podría considerar, sin desvirtuar el propósito de la exigencia, el recinto de comedor que contiene esta cocina como zona de riesgo especial, o sería inviable la instalación planteada adoptando las soluciones técnicas basadas en el DB SI? En este último caso, existe alguna solución alternativa (de acuerdo al punto 3 b del artículo 5 del CTE) para este tipo de instalación que se haya aceptado y se aplique habitualmente?
Respuesta
1. Un comedor para el público no puede ser un local de riesgo especial.
2. Salvo solución alternativas conforme al punto 3 del artículo 5 de la Parte I del CTE, conforme al DB-SI no es posible que una cocina que sea local de riesgo especial carezca de compartimentación respecto del comedor colindante. Si se quiere que la cocina esté a la vista desde el comedor conforme al DB-SI solo hay dos opciones: compartimentarla con vidrio resistente al fuego o conseguir que no tenga que ser local de riesgo especial. Para lo segundo hay que tener en cuenta el siguiente comentario:
Conforme al segundo párrafo del comentario, si el restaurante de un hotel se configura como sector de incendio junto con la cocina anexa al mismo, dicha cocina deja de ser un riesgo vinculado a un uso Residencial Público (hotel) para pasar a estar vinculada a un uso Pública Concurrencia (restaurante) situación en la que deja de precisar compartimentación si no es local de riesgo especial, lo cual a su vez es posible si la potencia instalada no protegida mediante un sistema automático de extinción no excede de 20 kW.
3. No es cometido de esta Dirección General proponer o admitir soluciones alternativas a las contempladas en el DB-SI.

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