La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 22 de diciembre de 2015

[832] Escalera de uso general con bocel

En el caso de un edificio existente donde se va a hacer un cambio de uso, la escalera existente no tiene los 28 cm. de huella, con lo que se procederá a picar la contrahuella y dejar un bocel para tener los 28 cm. mínimos que exige el CTE.
En el DBSUA, apartado 4.2.1, punto 2, dice que no se admite bocel en escaleras de evacuación ascendente ni cuando no exista un itinerario accesible alternativo.
En mi caso es una única escalera de evacuación descendente en el edificio (aparte del ascensor). ¿Podría tener bocel esa escalera o por el contrario tendría que hacer una tabica inclinada?
Respuesta
Conviene leer bien. El punto 2 de SUA 4.2.1 no dice eso. Dice que no se admite bocel. Y punto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario