La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 11 de junio de 2014

[382] Necesidad de espacio de giro delante del lavabo

En un aseo accesible de un local de pública concurrencia, en el que se dispone en el interior de este el radio de giro de 1,50 m en la entrada del aseo y se cumple con los espacios de transferencia lateral en el inodoro, además si el lavabo cumple con lo establecido en la norma, es decir, espacio inferior mínimo de 70 (altura) x 50 cm (profundidad) y la altura de la cara superior =< 85 cm. 
Mi pregunta es: ¿es necesario que delante del lavabo se deba de inscribir algún espacio para giro? Si la respuesta es afirmativa, ¿cual sería el diámetro del círculo a inscribir?
Respuesta
Respecto a la consulta planteada, existe un comentario publicado en el Anejo A, Terminología, en la definición de "Servicios higiénicos accesibles", que establece:
Para este espacio de aproximación pueden tenerse en cuenta las dimensiones mínimas establecidas para el espacio ocupado por la silla de ruedas en la definición de "plazas reservadas para usuarios de silla de ruedas" del Anejo A: 0,80 m de anchura y 1,20 m de longitud si la aproximación es frontal y 1,50 msi es lateral.
Aunque la grifería sea monomando tipo gerontológico, el lavabo debe permitir la aproximación frontal y el alcance de la misma. Es aconsejable que la tubería del agua caliente esté protegida mediante coquilla.

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