La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 18 de marzo de 2015

[604] Anchura puertas cabinas inodoros

En relación a la consulta [602] origen de evacuación en aseos, cuando se apruebe la revisión de los DB del CTE que se encuentran en tramitación, conforme a la tabla 2.1 del SI 3-2 en la que todos los aseos serán objeto de ocupación a razón de 3 m²/persona ¿la anchura mínima de todas las puertas dentro de los aseos será de 80 cm al considerarse cualquier punto origen de evacuación, incluso las puertas de las cabinas de inodoros incluso en establecimientos que no sean de gran ocupación? y hasta que no se apruebe la revisión ¿es posible considerar el origen de evacuación las puertas de acceso a vestuarios por lo que las puertas interiores no es obligatorio que cumpliesen la anchura mínima de 80 cm? 
Respuesta
Hasta que se apruebe la revisión (incluso después) el problema que se señala se ha resuelto con la inclusión del siguiente comentario en la última actualización de diciembre 2014:

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