La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 23 de marzo de 2015

[609] Accesibilidad de bomberos a espacio exterior seguro

Se necesita situar una salida de emergencia a un patio interior de manzana de edificios (espacio exterior seguro) que no está comunicado con la red viaria.
Atendiendo al DB SI ARTICULADO 2010 COMENTARIOS DICIEMBRE 2014
Anejo SI A Terminología
ESPACIO EXTERIOR SEGURO
Condiciones:
El Punto 3 dice: Si el espacio considerado no está comunicado con la red viaria o con otros espacios abiertos no puede considerarse ninguna zona situada a menos de 15 m de cualquier parte del edificio…….
El Punto 5 dice. Permite el acceso de los efectivos de bomberos y de los medios de ayuda a los ocupantes que, en cada caso, se consideren necesarios.
Nuestras consultas son las siguientes:
Puede existir contradicción entre el punto 3 y el 5 ya que en el punto 3 el espacio exterior seguro no está comunicado con la red viaria… y en el punto 5 la condición es que tengan acceso los bomberos.
¿Que se considera acceso a de los efectivos de bomberos?
¿Como se determina cada caso y los medios necesarios del acceso?
Puede considerarse acceso a los bomberos cualquier entrada peatonal disponible que comunique con el espacio exterior seguro.
Respuesta
No hay contradicción. Un espacio exterior puede no estar comunicado con viales a la red viaria, pero sin embargo “permitir el acceso de los efectivos de bomberos y de los medios de ayuda a los ocupantes que, en cada caso, se consideren necesarios.” No se dice que siempre sea necesario que sea accesible para los vehículos.
Es imposible regular, de forma general, el tipo y grado de accesibilidad de efectivos y de medios que en cada caso es necesaria. La última palabra la tienen los bomberos.

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