La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 21 de abril de 2016

[946] Portón para mercancías y vehículos. Obligatoriedad de UNE-EN-13241-1 y UNE-EN 12635:2002+A1:2009

En relación con la aplicación del DB-SUA del CTE, me surge una duda, en un portón utilizado para el paso de mercancías y/o vehículos, no previsto para la evacuación, situado en una zona donde sólo hay presencia de trabajadores, ¿es necesario que disponga de marcado CE conforme a la norma UNE-EN-13241-1:2004? ¿sería obligatoria que su instalación, uso y mantenimiento se realizasen según la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009?
Respuesta
Aunque un portón utilizado para el paso de mercancías y/o vehículos no esté previsto para la evacuación, conforme a SUA 2-1.2 punto 3, al tratarse de una zona accesible a las personas su instalación, uso y mantenimiento debe realizarse según las normas citadas en el apartado.
A este respecto le informamos de que se va a publicar un nuevo comentario vinculado a este apartado diciendo que, además de la norma UNE-EN 12635, también es de aplicación la norma UNE 85635:2012 - Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ya instalados o de nueva instalación. Requisitos específicos de instalación, uso, mantenimiento y modificación.

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