La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 22 de abril de 2016

[952] Cocinas de hotel. Extinción automática en aparatos y también en el recinto

Formamos parte del equipo redactor del proyecto de un hotel cuyas características exigen la instalación de rociadores.
En relación a las cocinas del hotel clasificadas como locales de riesgo se instalarán sistemas de extinción automática sobre los elementos de cocción.
Para nuestra sorpresa una parte del equipo técnico con reputada experiencia afirma la no necesidad instalar rociadores en los recintos de cocina (recintos que incluyen zonas cocción, preparación y lavado) al instalarse ya un sistema de extinción automático en campana.
La consulta queda formulada de la siguiente manera:
Para un hotel cuyas características exigen la instalación de rociadores, ¿las cocinas de dicho hotel, clasificadas como locales de riesgo especial, pueden carecer de rociadores justificando la instalación de un sistema de extinción automático en campana?
Respuesta
Cuando en aplicación de SI 1-2 y de SI4 en una cocina se instale un sistema automático de extinción que proteja los aparatos que puedan ser origen de incendio y se trate de un edificio o establecimiento obligado a estar protegido íntegramente por una instalación automática de extinción (p. ej. determinados hoteles) la instalación de la cocina satisface dicha exigencia, por lo que es innecesario que disponga además de otro sistema automático de extinción general para el recinto. No obstante, si dicho sistema se instalase voluntariamente, en ningún caso podría ser una instalación de rociadores automáticos de agua, dada su incompatibilidad con el tipo de fuego que se puede originar en una cocina.

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