La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 3 de julio de 2015

[664] Diferencias entre centro de trabajo pequeños y locales pequeños

Quisiera consultar en el apartado 1.2.6 de los servicios higiénicos accesibles, una vez que están publicados los comentarios de diciembre de 2014, cual es la diferencia entre centros de trabajo pequeños y locales pequeños, puesto que el problema surge cuando son locales de menos de 50 m², que tienen un pequeño mostrador y tienen como superficie de venta al público 10 o 15 m² (despacho de pan), y necesitan un aseo para los trabajadores; o bien en locales comerciales destinados al comercio minorista, con una superficie al público de 30 m² (30/2 m2p= 15 personas de ocupación) y con menos de 10 trabajadores que necesitan un aseo exclusivo para trabajadores.
Respuesta
No vemos la necesidad de diferenciar “centro de trabajo” y “local”, ya que el comentario publicado resuelve el problema al que se refiere la consulta, al dejar claro que en los casos indicados se considera que el aseo exclusivo para trabajadores no precisa ser accesible.

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