La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 28 de julio de 2015

[696] Salidas de sala de juegos de niños hospitalizados mayor de 90 m²

Consulta en relación al número de salidas en uso hospitalario. El DB-SI en la tabla 3.1 recoge que en ‘uso hospitalario, en las plantas de hospitalización o de tratamiento intensivo, así como en salas o unidades para pacientes hospitalizados cuya superficie construida exceda de 90 m²” no se admiten recintos que dispongan de una única salida de recinto.
La duda nos surge en relación a lo que engloban las “salas o unidades para pacientes hospitalizados”. ¿Una zona de juego para los niños hospitalizados que supere los 90 m² tendría esa consideración? ¿Y si esa zona fuera exterior, (una terraza de más de 90 m², por ejemplo)?
Respuesta
Una sala de juegos para niños hospitalizados cuya superficie exceda de 90 m² no es una excepción a la exigencia de SI 3-3, tabla 3.1, según la cual debe disponer de más de una salida de recinto.
Si se tratase de una zona exterior (p. ej., una terraza) no sería aplicable, al no tratarse de un recinto.

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