La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 16 de julio de 2015

[687] Calculo anchura escaleras en zonas al aire libre

Estamos proyectando una plaza de toros privada, la plaza es abierta al exterior y el acceso al graderío se realiza por escaleras exteriores ancladas a la fachada.
Según el comentario al apartado 4.2. del DB-SI 3,
¿Si la ocupación es inferior a 2000 personas (1200 en nuestro caso), no se pueden dimensionar con la formula de "zonas al aire libre"?.
Es poco lógico este matiz del comentario ya que a mayor ocupación, mayor será el riesgo y no tiene sentido vetar la ocupación por bajo.
Me gustaría que me aclarasen la interpretación al comentario.
Respuesta
Con relación a la consulta de referencia, ya contestada en su día, consideramos de su interés informarle de que debido a un cambio de criterio interno, el comentario que en ella nos aporta, ha sido sustituido por el que le indico a continuación:
Salidas en espacios al aire libre. La exigencia de salidas alternativas a partir de un determinado número de personas tiene relación con la posibilidad de bloqueo de alguna de ellas por el humo o por la proximidad del incendio. Dado que en un espacio al aire libre dicho riesgo es mucho menor que en el interior de un edificio, es menos probable que se produzcael bloqueo de una salida. Teniendo esto en cuenta, en zonas del edificio al aire libre situadas a nivel de salida de edificio cuya ocupación propia exceda de 100 pero no de 300 personas y que no cumplan las condiciones de “espacio exterior seguro”, puede admitirse disponer una única salida siempre que su anchura no sea menor que la suma de las anchuras exigibles si tuviese dos salidas.Si, además de su propia ocupación, el espacio al aire libre recibe la evacuación de zonas interiores del edificio, el número y dimensionado de las salidas de dicho espacio al aire libre debe tener en cuenta dicha circunstancia.
Dicho comentario que sustituye al citado anteriormente, está en el documento de actualización del “DB SI más comentarios”, que figura en la página web: “Código Técnico de la Edificación. Org “, desde el pasado 30 de junio.

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