La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 28 de julio de 2015

[688] Interpretación centro de trabajo. Aseo trabajadores

En un establecimiento cualquier según el DB SUA distinguimos zonas de uso público y otras de uso privado. Supongamos que el aseo del local es de uso exclusivo para sus trabajadores, que la superficie útil de todas las zonas de uso privado del establecimiento sea inferior a 100 m² y el número de trabajadores inferior a 10. En ese caso de acuerdo con la consulta 473 entendemos que no es preciso que el aseo sea accesible; sin embargo si aplicamos el comentario del DB SUA e interpretamos que todo el local es un centro de trabajo con zonas de uso público y privado que exceden los 100 m² sí tiene que ser el aseo accesible. ¿Cuál es la interpretación correcta?
Respuesta
Efectivamente, la superficie útil menor de 100 m² a la que se refiere el comentario es la de la zona de uso privado del centro de trabajo. En la próxima revisión de los comentarios (diciembre 2015) se incluirá esta aclaración.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Esta repuesta contradice la respuesta dada en la consulta 671

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