La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 7 de agosto de 2015

[716] Vestíbulos de independencia. Vestuario como zona habitable

Consulta respecto a los recorridos de evacuación.
Tenemos una situación en la que hay dos almacenes de riesgo alto y un vestuario de riesgo bajo. ¿Podemos evacuar los tres sectores a través del mismo vestíbulo de independencia, estando este comunicado con la salida de planta? (Los vestuarios tienen otra salida de planta, necesaria por la configuración de la planta)
Teniendo en cuenta que Por “zonas habitables” se entienden todas las que no sean de riesgo especial o aparcamiento”. ¿Se puede entender un vestuario de riesgo especial como zona NO habitable?
En otro orden de cosas.
¿Existen limitaciones de tamaño máximo en un vestíbulo de independencia?
Respuesta
1. Ver tercer guion de la definición de “vestíbulo de independencia”: los que sirvan a uno o a varios locales de riesgo especial…
2. En efecto, conforme al comentario “Evacuación de un local de riesgo especial a través de otro”, un vestuario que sea local de riesgo especial sería una zona no habitable, con lo que los recorridos que tengan su origen en zonas habitables no pueden atravesar dicho local.
3. No hay limitación al tamaño de los vestíbulos de independencia.

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