La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 1 de agosto de 2014

[415] Dotación de instalaciones a establecimiento con aparcamiento

Si un edificio está formado por 4.500 m2 de residencial público sobre rasante más 1.000 m2 de aparcamiento en sótano, ¿es necesario que incorpore extinción automática?
Respuesta
Con carácter general, en un establecimiento con aparcamiento, la dotación de instalaciones conforme a SI-4 se aplica independientemente a uno y otro.
Como excepción a lo anterior, cuando a un establecimiento de uso comercial se le quieran aplicar las excepciones de sectorización que se contemplan en la Tabla 1.1 de SI-1 y para ello se exija que el edificio esté íntegramente protegido con una instalación automática de extinción, véase lo que al respecto se indica en un comentario:

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