La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 12 de agosto de 2014

[435] Correderas EI 120 y sistemas no convencionales

Mi consulta se basa en las peticiones que nos han realizado diversos cuerpos de bomberos y administraciones locales para la introducción de nuestras puertas correderas metálicas cortafuegos EI 120 y motorizaciones pertinentes en el Registro del CTE dentro los Sistemas no Convencionales tal y como indica el DB SI.
De hecho, la consulta es: ¿Existe algún procedimiento o registro habilitado para esta tipología de cerramientos? ya que nos ha sido imposible averiguarlo y ninguna entidad normalizadora nos ha aclarado el camino.
Respuesta
El único producto al que conforme al DB SI se le exige un informe de idoneidad, el cual se puede (no se obliga) inscribir en el registro general del CTE, son las cortinas cortafuegos.
A las puertas correderas cortafuegos no se les exige informe de idoneidad, si bien nada les impide contar con él, pero en ningún caso el Ministerio lo inscribiría en el registro.

No hay comentarios:

Publicar un comentario