La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 6 de agosto de 2014

[420] Forma de medir la cabezada en escaleras

Mi duda se corresponde con la manera de obtener la dimensión de "cabezada" para los peldaños de una escalera. Tal como se muestra en el esquema que les envío ¿dónde debe medirse la altura entre los peldaños de una escalera y la cara inferior del obstáculo superior (forjado) para cumplir con lo establecido en el artículo 1 del DB-SUA-2? ¿En vertical, perpendicular a la huella del peldaño (2,325 m)? ¿o a partir del la huella más próxima (2,145 m)?
Respuesta
En la vertical de todo punto de cada huella de una escalera.

3 comentarios:

anónimo dijo...

Yo creo que no. que se medirá como la altura de las barreras, "La altura se medirá verticalmente desde el nivel de suelo o, en el caso de escaleras, desde la línea de inclinación definida por los vértices de los peldaños, hasta el límite superior de la barrera"

diego dijo...

HOLA, me gustaria saber la normativa sobre la altura libre de escalera ( cabezada ) en HUELVA e incluso segun CTE a nivel estatal

Anónimo dijo...

En DA DB-SUA/2, Tabla 2: Tolerancias admisibles , en Pendiente seal 10% admite 3 metros al 12%, y 10 metros al 10%. Mi pregunta: Al 11% de pendiente que longitud de tramo se permite. Puede interpolarse?

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