La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 7 de agosto de 2014

[425] Hojas menores de 60 cm en puertas automáticas de dos hojas

Se puede aceptar una puerta automática de doble hoja si cada una de ellas es inferior a 60 cm de ancho, siempre que el total sea mayor a 80 cm y siempre que se justifique que en caso de fallo de suministro eléctrico quede abierta?
Respuesta
En el caso de puertas automáticas, se pueden disponer dos hojas de anchura inferior a 0,60 m siempre que en caso de fallo de suministro eléctrico o en caso de señal de emergencia se mantenga abierta, y siempre que la anchura total sea mayor que las dimensiones mínimas establecidas en la tabla 4.1 de SI3. 
La señal de emergencia referida puede provenir tanto de la instalación de detección y/o alarma del establecimiento o edificio en que se encuentre como de cualquier otro sistema que tenga como finalidad hacer llegar dicha señal a la puerta, como por ejemplo un pulsador debidamente señalizado, un sistema de detección independiente, etc.

No hay comentarios:

Publicar un comentario